Saime: pasaportes tramitados en consulados cerrados deben buscarlo en Caracas



 EL ESTÍMULO / AYRE VENEZUELA

La ruptura de relaciones diplomáticas de Venezuela con países latinoamericanos tras las elecciones del 28 de julio representa también un problema para los trámites de pasaportes de los venezolanos en cada uno de esos países

os venezolanos que viven fuera de Venezuela y que tramitaron su pasaporte a través de un consulado de alguno de los países con los que el gobierno de Nicolás Maduro rompió relaciones tras las elecciones del 28 de julio tienen noticias del Saime. Los pasaportes que quedaron en espera no llegarán a los países donde fueron pedidos, sino que se deberán buscar personalmente en Caracas.

A través de la cuenta de Instagram del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), el instituto comunicó que una noticia sobre el envío de los pasaportes a través de valijas a distintos países es falsa.

«Los venezolanos que se encuentran fuera del país y hayan tramitado el pasaporte a través de los consulados que están cerrados, podrán dirigirse a nuestra sede principal en Caracas para retirar el documento de viaje», señala el comunicado.

El comunicado también señala que todos los trámites en materia de identificación se realizan a través del portal web www.saime.gob.ve de manera personalizada.

Los países en los que Veneuela retiró sus consulados son Argentina, Chile, Uruguay, Costa Rica, Perú, Panamá y República Dominicana. En esos países existe una gran cantidad de migrantes venezolanos.

Las quejas no se hacen esperar

La decisión comunicada por el Saime sobre el retiro de los pasaportes gestionados en otros países en la sede principal de Caracas ha generado indignación en redes sociales.

«Como viajo a vzla desde Perú sin pasaporte? Y sin salvoconducto», escribe un usuario en la publicación del Saime. Además, los costos de viaje son altos y las dudas de cómo siquiera buscar un pasaporte sin tener vigente se repite constantemente.

Todo esto se da a pesar de que el Artículo 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que: "Artículo 50 Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional, cambiar de domicilio y residencia, ausentarse de la República y volver, trasladar sus bienes y pertenencias en el país, traer sus bienes al país o sacarlos, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. En caso de concesión de vías, la ley establecerá los supuestos en los que debe garantizarse el uso de una vía alterna. Los venezolanos y venezolanas pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. Ningún acto del Poder Público podrá establecer la pena de extrañamiento del territorio nacional contra venezolanos o venezolanas."