OEA
La Misión Especial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para el Fortalecimiento de la Institucionalidad Democrática en Guatemala llama a la Corte de Constitucionalidad (CC) a asegurar la ejecución inmediata y efectiva de la sentencia dictada el 13 de febrero de 2025, mediante la cual la CC confirmó un amparo que ordena al Consejo Superior Universitario (CSU) de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC) convocar, de forma urgente y dentro del plazo de cinco días de estar firme el fallo, a la elección de los integrantes del CSU cuyo período en el ejercicio del cargo para el cual fueron electos haya vencido.
La Misión destaca que, en dicha resolución, la CC confirmó la sentencia de primer grado dictada por la Sala Primera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que otorgó el amparo planteado. En lo resuelto se estableció: “ordenar al Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala que, de forma urgente y dentro del plazo de cinco días de estar firme el presente fallo, convoque a la elección de los integrantes del Consejo Superior Universitario cuyo período del ejercicio del cargo para el cual fueron electos haya vencido”. A tales fines, se acordó un plazo de diez días para que el CSU cumpla con lo ordenado e informe de ello a ese Tribunal.
En sus pronunciamientos recientes, la Misión ha señalado que la regularización oportuna del CSU de la USAC es indispensable para preservar la legalidad, la legitimidad y la certeza jurídica del proceso de designación que le corresponde de una magistratura titular y una suplente de la CC. En ese sentido, la exclusión de autoridades válidamente electas o la integración incompleta del órgano elector aumenta el riesgo de impugnaciones y controversias posteriores, con consecuencias institucionales.
La Misión subraya que el Estado constitucional de derecho exige el cumplimiento efectivo y sin demoras de las sentencias y resoluciones judiciales dictadas por los tribunales y cortes competentes. En particular, señala que corresponde a la CC, como máximo tribunal en materia constitucional, asegurar que sus decisiones produzcan los efectos jurídicos que les son propios y no permanezcan desacatadas, sin cumplir sus efectos útiles para restablecer de manera oportuna y efectiva las situaciones jurídicas infringidas cuya reparación ha sido ordenada.
Por ello, la Misión exhorta a la CC a actuar con estricto apego a lo ya resuelto en su sentencia y a asegurar su ejecución inmediata, utilizando los mecanismos previstos en el ordenamiento jurídico para garantizar el cumplimiento por parte de las autoridades obligadas, de conformidad con el principio de supremacía constitucional y con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico guatemalteco.
De cara a la próxima integración de la CC, la persistencia de incumplimientos o dilaciones en la ejecución de su sentencia relacionada con la conformación regular del CSU de la USAC incide en este proceso y erosiona las bases de legalidad e integridad sobre las que este debe sustentarse.
La Misión Especial enfatiza que, si se mantiene la inacción de las autoridades llamadas a garantizar el cumplimiento del fallo de la propia CC y no se ejecuta lo resuelto en la materia, podrían generarse responsabilidades institucionales y democráticas. Por ello, la Misión continuará observando la evolución de estos hechos e insta a todos los actores a conducirse con responsabilidad, respeto al orden constitucional y compromiso con la confianza pública.
