CIDH otorga medidas cautelares a miembros del Pueblo Indígena Pataxó en Brasil

 CIDH

Washington, DC- El 24 de abril de 2023, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución  25/2023 , mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de miembros del Pueblo Indígena Pataxó de las Tierras Indígenas Barra Velha y Comexatibá , en Bahía, Brasil, tras identificar que se encuentran en una situación de riesgo grave y urgente de daño irreparable a sus derechos.


El Pueblo Indígena Pataxó está integrado por aproximadamente 12 mil personas, distribuidas en 29 comunidades que alcanzan los municipios de Porto Seguro, Itamajuru, Itabela y Prado, en el estado de Bahía, Brasil Según la parte solicitante, el Pueblo Pataxó ha sido enfrenta un escenario de “violencia continuada” desde junio de 2022 en el marco de conflictos relacionados con la determinación de su territorio. Los beneficiarios habrían sufrido represalias a través de amenazas, cercos armados, balaceras, campañas de difamación y desinformación, culminando con tres asesinatos de indígenas, entre ellos dos adolescentes. Las supuestas agresiones serían perpetradas por “campesinos y milicianos” con uso de armas de fuego y la presunta participación directa de fuerzas de seguridad del Estado en hechos de riesgo.


El Estado reconoció la alegada situación de riesgo, indicando que ha venido adoptando medidas para enfrentarla. En ese sentido, indicó la creación y refuerzo de un grupo de trabajo para prevenir nuevos conflictos, la detención de policías militares sospechosos de los homicidios de tres indígenas Pataxó, la incautación de armas y material de guerra, el reforzamiento de las fuerzas de seguridad en la región con guarniciones, la creación de la Fuerza Integrada de Lucha contra los Delitos Comunes que involucran a los Pueblos y Comunidades Tradicionales, la presentación del Plan de Acción Integral para el Combate a la Violencia contra los Pueblos y Comunidades Tradicionales, entre otros.


La Comisión valoró positivamente las medidas adoptadas por el Estado para responder a la situación de riesgo, así como para abordar la raíz de la disputa territorial. Sin embargo, observó que, a pesar de ello, se mantiene la situación de riesgo de los beneficiarios del Pueblo Pataxó, lo que indica la continuidad de un escenario de desprotección. Al respecto, la CIDH observó que varias medidas propuestas por el Estado quedaron pendientes de implementación, como una visita  in loco  de una misión instituida por el Gabinete de Crisis. Asimismo, la Comisión no ha recibido información sobre medidas concretas de protección implementadas a favor de los líderes Pataxó incluidas en el Programa de Protección de Defensores de Derechos Humanos.


De conformidad con el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH decidió otorgar la medida cautelar y solicitó al Estado de Brasil que:


adoptar las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal de los miembros del Pueblo Indígena Pataxó identificados, incluidos los actos perpetrados por terceros, teniendo en cuenta la pertinencia cultural de las medidas adoptadas;

coordinar las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; Es

informar sobre las acciones realizadas para investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y, de esta manera, evitar su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por parte del Estado no constituye un prejuzgamiento de una eventual denuncia ante el sistema interamericano alegando violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.


La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato se deriva de la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano asesor de la OEA en esta materia. La CIDH está compuesta por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.