Hay desigualdad en resolver conflictos en el deporte femenino, según estudio

 EFE

Logroño, 12 ene (EFE).- La desigualdad en el deporte se hace patente en la conformación de los órganos de arbitraje encargados de la resolución de sus conflictos, según concluye la tesis doctoral "Deporte Femenino y solución de conflictos a través del Arbitraje y otros ADR", del letrado Luis Nogueiro Arias.


La investigación, dirigida en la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR), desvela cómo la mujer está aún muy lejos de la toma de decisiones en tribunales deportivos nacionales e internacionales, dominados por el sexo masculino.


Ello repercute, de forma negativa, en la Justicia, y plantea la búsqueda de una solución en la paridad o en el sistema de cuotas, ha informado este jueves la UNIR, en una nota.


En la tesis, Nogueiro Arias, especialista en Derecho del Deporte con más de veinte años de experiencia, ha intentado determinar si el sistema actual de resolución de conflictos en el deporte femenino “resulta efectivo para garantizar una solución justa y equitativa desde una perspectiva del derecho de igualdad".


Según el autor de la investigación, "en el deporte femenino como el masculino rigen los mismos órganos, reglas y procedimientos de arbitraje deportivo y ADR (Alternative Dispute Resolution, tribunales alternativos de resolución de conflictos)".


Sin embargo, "el enfoque referente a las controversias que afectan a las disciplinas practicadas por mujeres resulta distorsionado, y no responde a los criterios que se deben exigir en un ámbito de equidad jurídica efectiva", ha detallado.


“Esto se debe -ha precisado- a la ausencia de paridad en los Tribunales Arbitrales Deportivos, que implica un sesgo cognitivo en la toma de decisiones por componerse casi íntegramente por hombres, obviando una perspectiva femenina complementaria o disidente de la masculina”.


Tomás Aliste, codirector de la tesis junto a Juan Ramón Liébana, ha subrayado de esta investigación doctoral “la importancia de acudir a medios alternativos a las jurisdicciones nacionales, especialmente el arbitraje, como uno de los aspectos más interesantes y poco tratados del derecho deportivo”.


MENOSCABO A LA PRESENCIA FEMENINA


Existen diferentes aspectos del funcionamiento de órganos arbitrales de referencia, con especial hincapié el TAS, el tribunal más importante para dirimir disputas deportivas, creado por el Comité Olímpico Internacional (COI), que muestra también de desigualdad en su gobernanza, según el doctorando.


Este propugna una reforma de conjunto en los estamentos deportivos, a través de normativa nueva, que establezca “un parámetro de 60 %-40 % o viceversa de representación de cada género o, al menos, una cuota del 30% del sexo menos representado”.


La propuesta serviría, según Nogueiro Arias, para corregir "flagrantes desequilibrios", como el hecho de que, de los 349 árbitros del TAS solo 40 son mujeres, un 11,46%; con 12 mujeres mediadoras de 58, un 20,68% del total.


"Más llamativo aún es -ha subrayado- que de los 215 laudos referentes a controversias en el deporte femenino abordados en el TAS desde paneles colectivos, entre 1986 y 2020, el 78,60% eran paneles de tres árbitros varones, el 20,93% de grupos mixtos y sólo un caso, el 0,46%, formado por un trío de árbitras".


Nogueiro Arias ha justificado la presencia femenina en aras a proteger la imparcialidad de los prejuicios de una visión tradicional del deporte y “para analizar casos -muchos de las secciones femeninas-, en los que la aportación en el panel de una mujer árbitro garantiza al menos que esos prejuicios puedan ser debatidos, de forma colectiva, desde una visión diversa y enriquecedora”.


Como contrapunto, ha citado "casos dirimidos, paradójicamente, solo por árbitros varones, como el del dopaje de la patinadora bielorrusa Anzhelika Kotiuga, quien embarazada podía justificar, como circunstancia exculpatoria, el hallazgo de norandrosterona exógena en su cuerpo". “


Se trata, ha precisado, de "un ejemplo de evidente minusvaloración del deporte femenino frente al masculino, al no contar con una aportación femenina en un aspecto tan íntimamente relacionado con la deportista”.


ADR, SOLUCIÓN RÁPIDA AL CONFLICTO


Entre otros aspectos, la tesis dedica un amplio apartado a los desacuerdos laborales en el contexto del deporte femenino y su oportunidad de gestión eficaz a través del arbitraje deportivo, la mediación y otros ADR.


En opinión de su autor, “resultaría sensato que el legislador regule el arbitraje individual laboral, para evitar la inseguridad jurídica en la que nos encontramos si pretendemos someter una controversia individual de trabajo a la vía arbitral”.


"Aún más delicado", ha recalcado, es "integrar deportistas transexuales, que es el gran reto en el devenir las competiciones deportivas femeninas, por cuanto los derechos de libre desarrollo de la personalidad pueden colisionar con los de las mujeres deportistas”.


Por este motivo, “las Federaciones tendrán que conjugar la recomendación de COI de favorecer su incorporación con la salvaguarda de la puridad e igualdad en las pruebas deportivas”, ha dicho.


Ante el peligro de alterar la balanza de la competición, ha abogado por el principio de competencia leal, que justifica restricciones a la participación siempre que sean “necesarias y proporcionadas”.


Ha incidido en la relevancia de abordar, "de manera eficaz", una composición de los tribunales arbitrales deportivos que avance hacia una igualdad real y efectiva.


"Es como se ha hecho en otros ámbitos con medidas de discriminación positiva temporales y proporcionadas, en tanto persista esta situación tan desequilibrada de infrarrepresentación femenina en los Tribunales Arbitrales deportivos”, ha concluido. EFE