CIDH otorga medidas cautelares a miembros de la comunidad Guapoy del Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá en relación con Brasil

 CIDH

Washington, DC - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió  la Resolución 50/2022  el 2 de octubre de 2022, mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de miembros de la comunidad Guapoy del  Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá  en relación con Brasil , luego de identificar que se encuentran en una situación de riesgo grave y urgente de daño irreparable a sus derechos.


La parte solicitante informó que la Comunidad Guapoy del  Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá , ubicada en el municipio de Amambai, estado de Mato Grosso do Sul, estaría en riesgo luego de ser objeto de actos de violencia en un contexto de disputas por la propiedad de la tierra en la región. Asimismo, informó que entre el 14 de julio y el 13 de septiembre de 2022 fueron asesinados dos indígenas propuestos beneficiarios.


A su vez, el Estado detalló las medidas que serían implementadas por los diferentes órganos de gobierno (Policía Militar, Civil y Federal, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo y Fuerza Nacional de Seguridad Pública) para proteger y asistir a los propuestos beneficiarios. Asimismo, se informó que los hechos serían investigados por la Policía Federal y vigilados por el Ministerio Público de la Federación y la FUNAI.


La Comisión evaluó las acciones realizadas por el Estado y observó que, si bien estas medidas fueron adoptadas, los peticionarios informaron la ocurrencia de nuevos hechos que, alegados y en su conjunto, permiten identificar la existencia de hechos violentos que se han incrementado en el tiempo, impactando vidas e integridad de los miembros propuestos de la comunidad beneficiaria. Asimismo, aún después de la decisión judicial del 4 de julio de 2022, dos indígenas fueron asesinados en un corto período de tiempo, y uno de ellos fue precedido por ataques armados.


De conformidad con el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH decidió otorgar la medida cautelar y solicitó al Estado de Brasil que:


adoptar las medidas necesarias y culturalmente adecuadas para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los miembros de la comunidad Guapoy del Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá. Asimismo, el Estado debe asegurar que se respeten los derechos de los beneficiarios conforme a los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como en relación con actos de riesgo atribuibles a terceros;

acordar las medidas a adoptar con los beneficiarios y/o sus representantes; Y;

informar sobre las acciones implementadas para investigar los hechos que motivaron la adopción de la presente medida cautelar y, de esta forma, evitar su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por parte del Estado no prejuzgan una eventual denuncia ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.


La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato se deriva de la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El mandato de la Comisión Interamericana es promover la observancia y defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes, que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, sin representar a sus países de origen o residencia.