Corte Interamericana sesionará en Uruguay del 6 al 10 de mayo

CIDH
San José, Costa Rica, 30 de abril 2019. - Entre el 6 y 10 de mayo de 2019 la Corte Interamericana de Derechos Humanos sesionará en Montevideo su 60 Período Extraordinario de Sesiones, gracias a una invitación realizada por el Gobierno de Uruguay. La Corte Interamericana, agradece a su vez el apoyo técnico brindado por la Agencia de Cooperación Alemana, GIZ.


La información sobre los casos, programación y los formularios de inscripción a las actividades que a continuación se mencionan se encuentran en el siguiente enlace: www.corteidh.or.cr/60PES/
Todas las actividades son públicas y gratuitas (a excepción de aquellas destinadas a la deliberación de sentencias) y tendrán lugar en el Salón Los Plenarios, Edificio Mercosur, entre el 6 y 8 de mayo de 2019 y en el Paraninfo de la Universidad de la República de Uruguay el 10 de mayo de 2019. La Corte Interamericana emitirá comprobantes de asistencia.

Audiencias Públicas sobre casos contenciosos
La Corte llevará a cabo las siguientes audiencias públicas:

Caso Hernández Vs. Argentina1
6 de mayo, de 15:00 a 18:00 h

El caso se relaciona con la presunta falta de acceso a la salud de José Luis Hernández, quien alegadamente contrajo meningitis mientras se encontraba privado de libertad. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, planteó que el Estado habría violado los derechos a la integridad personal y a no ser sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes. En tal sentido, la Comisión alegó además que el señor Hernández no habría contado con un recurso efectivo para tutelar su derecho a la salud. Asimismo, alegó que el Estado habría violado el derecho a la libertad personal y presunción de inocencia de la presunta víctima, toda vez que se le habría impuesto una prisión preventiva obligatoria en contravención de los estándares interamericanos y porque la víctima habría estado privada de libertad un año y seis meses en una comisaría policial. Por último, la Comisión alegó una presunta violación del derecho a la integridad personal en perjuicio de la madre del señor Hernández.

Puede conocer más sobre el caso aquí y acceder a la resolución de convocatoria a audiencia aquí.
Caso Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (ANCEJUB-SUNAT) Vs. Perú
7 de mayo, de 9:00 a 13:00 h y de 15:00 a 18:00 h

El caso se refiere a la presunta vulneración del derecho a la protección judicial por la alegada falta de cumplimiento de una sentencia judicial de la Corte Suprema de Justicia del Perú, de octubre de 1993, que reconocía derechos pensionarios a los miembros de la Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (ANCEJUBSUNAT). La Comisión Interamericana consideró demostrado que el Poder Judicial peruano no habría aplicado las medidas necesarias para resolver aspectos fundamentales de la implementación de un fallo judicial favorable a un grupo de pensionistas, tales como la autoridad a cargo del cumplimiento, los beneficiarios del fallo y las implicaciones patrimoniales del mismo en el monto de las pensiones, así como en los montos dejados de percibir en todos estos años. Asimismo agregó que, pasados más de 23 años desde el primer fallo judicial a favor de los miembros de la ANCEJUB-SUNAT, el Estado presuntamente continúa violando su derecho a la tutela judicial efectiva ante la ausencia de ejecución de la sentencia en firme emitida en su favor, así como la inefectividad de los mecanismos judiciales activados posteriormente para lograr dicho cumplimiento.

Puede conocer más sobre el caso aquí y acceder a la resolución de convocatoria a audiencia aquí.
Caso Gorigoitia Vs. Argentina2
8 de mayo, de 09:00 a 13:00 h.

El caso se relaciona con la presunta inexistencia de un recurso ordinario que permitiese la revisión integral de una sentencia condenatoria en contra del señor Oscar Raúl Gorigoitia en el marco de un proceso penal en la Provincia de Mendoza, Argentina, en 1997. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos alegó que el señor Gorigoitia no habría contado con un recurso ante autoridad jerárquica que efectuara una revisión integral de dicha sentencia, incluyendo las cuestiones de hecho y de valoración probatoria alegadas por la defensa mediante el recurso de casación. En este sentido, la Comisión concluyó que el Estado argentino habría presuntamente violado en perjuicio del señor Gorigoitia el derecho a recurrir del fallo. Asimismo, la Comisión manifestó que como consecuencia del alegado carácter limitado del recurso de casación y del recurso extraordinario, la presunta víctima no habría contado con recursos judiciales sencillos y efectivos en el marco del proceso penal que culminó con su condena.

Puede conocer más sobre el caso aquí y acceder a la resolución de convocatoria a audiencia aquí.

Caso Romero Feris Vs. Argentina3
8 de mayo, de 15:00 a 18:00 h

El caso se relaciona con la presunta detención ilegal y arbitraria en contra del señor Raúl Rolando Romero Feris, en Argentina, en 1999, así como por las presuntas vulneraciones al debido proceso en causas penales seguidas en su contra. La Comisión Interamericana consideró que el señor Romero Feris estuvo privado de libertad cinco meses adicionales al tiempo de prórroga de su detención preventiva. En consecuencia, alegó que la duración de dicha detención preventiva no habría respetado los términos establecidos en la legislación aplicable y habría sido arbitraria y violatoria del principio de presunción de inocencia. Además, la Comisión alegó que la decisión mediante la cual se resolvió el pedido de libertad del señor Romero Feris no habría constituido un recurso efectivo para cuestionar la privación de libertad. Por otro lado, la Comisión concluyó que a lo largo de las causas penales seguidas contra el señor Romero Feris, su defensa habría presentado a través de diferentes recursos una serie de cuestionamientos vinculados con el derecho a ser juzgado por autoridad competente, independiente e imparcial, los cuales habrían sido presuntamente rechazados mediante resoluciones en las cuales o bien se habrían efectuado invocaciones genéricas de la ley, o bien se habría planteado que la cuestión no era materia de análisis a través de la vía respectiva.

Puede conocer más sobre el caso aquí y acceder a la resolución de convocatoria a audiencia aquí.
Sentencias
La Corte deliberará los siguientes casos contenciosos:

Caso Martínez Coronado Vs. Guatemala
El caso se relaciona supuestas violaciones al debido proceso cometidas en el marco del proceso penal contra la presunta víctima, el cual culminó con la ejecución de la pena de muerte por medio de inyección letal. Se alega que se habrían incumplido con el principio de legalidad. Por otra parte, se alega que la defensa común de la víctima y su co-procesado habrían violado el derecho a contar con los medios adecuados para la preparación de la defensa y el derecho a ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado. Finalmente, se alega que se habría violado su el derecho a la vida en virtud de que se aplicó la pena de muerte. Puede conocer más sobre el caso aquí.

Caso Perrone y Preckel Vs. Argentina4
El caso se relaciona con la alegada violación de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial en los procesos administrativos y judiciales iniciados por Elba Clotilde Perrone y Juan José Preckel a efectos de solicitar el pago de los salarios y beneficios sociales dejados de percibir en la entidad estatal en la que laboraban, como consecuencia de su supuesta privación arbitraria de libertad durante la dictadura militar en 1976 por agentes estatales. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos consideró que el lapso de más de doce años de duración de los procesos administrativos y judiciales sobrepasaría un plazo que pudiese considerarse razonable. Asimismo, concluyó que las autoridades judiciales y administrativas presuntamente violaron el derecho a contar con una motivación suficiente y adecuada. Adicionalmente, la Comisión Interamericana consideró que el haberse violado dichas garantías del debido proceso, los procesos administrativos y judiciales también implicarían una vulneración del derecho a la protección judicial. Puede conocer más sobre el caso aquí.

Seminario Internacional “Corte Interamericana: 40 años protegiendo derechos”
10 de mayo, de 9:00 a 13:00 h

La Corte Interamericana realizará en el Paraninfo de la Universidad de la República de Uruguay un seminario internacional denominado “Corte Interamericana: 40 años protegiendo derechos”.

El seminario será inaugurado por el Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el señor Eduardo Turell Araquistain, Presidente de la Suprema Corte de Justicia del Uruguay, el señor Rodrigo Arim, Rector de la Universidad de la República y por la señora Cristina Mangarelli, Decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. El seminario tendrá como panelistas al Juez Vicepresidente Eduardo Vio Grossi, a la Jueza Elizabeth Odio Benito y al Juez Ricardo Pérez Manrique y, a otros expertos en materia de derechos humanos. El seminario tiene la finalidad de que los panelistas puedan compartir sobre temas de derechos humanos, con estudiantes, académicos, abogados, funcionarios estatales y defensores de derechos humanos.

Para asistir al seminario puede inscribirse en el siguiente enlace:

Reuniones protocolarias, asuntos pendientes, convenios de colaboración, y cuestiones administrativas
La Corte se reunirá con altas autoridades uruguayas a lo largo del período de sesiones. Igualmente, la Corte adoptará distintas resoluciones en relación con los casos que están bajo su conocimiento. También se suscribirán varios convenios de colaboración con entidades públicas y universidades.

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1 El Juez Raúl Zaffaroni no participa del conocimiento ni deliberación del caso por ser de nacionalidad argentina, conforme lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.

2 Ídem.

3 Ídem.

4Ídem.

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La composición de la Corte para este período de sesiones será la siguiente: Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Presidente (México); Juez Eduardo Vio Grossi, Vicepresidente (Chile); Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia); Jueza Elizabeth Odio Benito (Costa Rica); Juez Eugenio Raúl Zaffaroni (Argentina); Juez Patricio Pazmiño Freire (Ecuador), y Juez Ricardo Pérez Manrique (Uruguay).

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El presente comunicado fue redactado por la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es de responsabilidad exclusiva de la misma.