Aerolíneas no deben pagar a pasajeros en caso "excepcional": fallo

Luxemburgo, 4 abr (dpa) - Los pasajeros no necesariamente tendrán derecho a una indemnización si debido a una tuerca en la pista se rompe un neumático del avión y su vuelo sufre demoras importantes, determinó hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo.


La corte europea se pronunció con motivo de la disputa legal entre un ciudadano alemán y la aerolínea Germanwings.

Este tipo de incidente representa una "circunstancia extraordinaria" que puede eximir a las aerolíneas de la obligación de pagar una indemnización, consideró.

De todas maneras, la aerolínea deberá probar que esas "circunstancias extraordinarias" tampoco pudieron ser evitadas a través de "todas las medidas razonables", señala la sentencia.

Además, la compañía deberá probar que "activó todos los medios financieros, materiales y personales a su disposición" para impedir una anulación o gran demora de la conexión.

Los pasajeros tienen derecho a una indemnización en virtud de la legislación de la Unión Europea por cancelaciones de vuelos o retrasos superiores a tres horas.

Esto fue invocado por el pasajero de Germanwings, después de que su vuelo de Dublín a Düsseldorf se demorara tres horas y 28 minutos.

El retraso se debió a la reparación de un daño en un neumático por un tornillo que se encontraba en la pista de despegue. Pero Germanwings se negó a pagar la indemnización, aduciendo "circunstancias extraordinarias", un caso que permite excepciones en las obligaciones de pago.

De acuerdo con la normativa europea, entre estas excepciones se cuentan decisiones de control aéreo, inestabilidad política, malas condiciones climáticas o riesgos de seguridad.

El tribunal regional de Colonia había pedido a los máximos jueces de la Unión Europea en Luxemburgo que se pronunciaran al respecto y fue entonces que estos precisaron que también este caso del neumático dañado por el tornillo se inscribe básicamente en la categoría de las excepciones.

Porque las "circunstancias extraordinarias" son acontecimientos que por su naturaleza u origen no pertenecen a la operación aérea normal y no son controlables por las aerolíneas, como el neumático dañado por un cuerpo extraño en la pista, dictaminó el tribunal europeo.

Sin embargo, la aerolínea debió hacer todo lo que estaba a su alcance para impedir las demoras en el cambio del neumático, apuntó. Podría por ejemplo firmar contratos en los aeropuertos donde opera para que en estos casos sus aeronaves reciban atención prioritaria, propuso el tribunal.

Ahora el caso regresará al juzgado regional de Colonia, donde las posibles reclamaciones deben ser reexaminadas a la luz de la sentencia.