CIDH condena la muerte de 28 personas privadas de libertad en cárcel de Acapulco, México


13 de julio de 2017
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena los recientes hechos de violencia ocurridos en el penal estatal de Las Cruces, en Guerrero, México. Como consecuencia de estos hechos, 28 personas perdieron la vida y por lo menos 3 resultaron heridas. La CIDH insta al Estado a continuar con la investigación iniciada con la debida diligencia, identificar a los responsables y establecer las sanciones pertinentes.


De acuerdo con información de público conocimiento, aproximadamente a las 4:00 de la madrugada del 6 de julio 2017, en  el Centro de Reinserción Social de Las Cruces, de Acapulco, Guerrero, tuvo lugar un motín derivado de la pugna permanente de grupos contrarios en el interior del penal, y que habría iniciado en el módulo denominado “de máxima seguridad”, donde se alojan los internos acusados de formar parte grupos de delincuencia organizada. Según información oficial, dicho enfrentamiento resultó en que un total de 28 internos perdieron la vida, y 3 resultaran lesionados. Por su parte, de acuerdo con imágenes difundidas por la prensa, por lo menos, 5 personas habrían sido decapitadas.

Asimismo, de acuerdo con la Fiscalía General del estado de Guerrero, desde el momento en que el gobernador estatal tuvo conocimiento de los hechos de violencia, instruyó a la Policía y a la Fiscalía General del estado a realizar un operativo para recobrar el control del recinto penitenciario. Horas después del suceso, se habrían iniciado las investigaciones respectivas.

La Comisión Interamericana advierte que en el Estado mexicano prevalece una situación de violencia carcelaria. En este sentido, la CIDH ha expresado su preocupación por la reiteración de hechos que reflejan la ausencia de medidas de seguridad efectivas para garantizar los derechos a la vida y la integridad personal de las personas privadas de la libertad. De manera reciente, la Comisión se pronunció al respecto en sus comunicados de prensa 16/16 de 18 de febrero de 2016, y 86/16 de 23 de junio de 2016 en que condenó la muerte de 49 personas privadas de la libertad y de 3 internos, respectivamente, como resultado de motines iniciados por el enfrentamiento entre integrantes de grupos contrarios.

Por otra parte, en su Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en México, la CIDH destacó la situación de inseguridad, y las condiciones que permiten o propician hechos de violencia entre internos, como patrones comunes y estructurales que caracterizan la problemática carcelaria. Al respecto, la CIDH subraya que los Estados como garantes de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, tienen el deber jurídico de adoptar acciones concretas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de los reclusos; entre ellas, asegurar la seguridad interna en los establecimientos penitenciarios, mediante la prevención efectiva del ingreso de armas, y el control de la actividad de las organizaciones criminales presentes en las cárceles.

La Comisión enfatiza que los Estados tienen la obligación de investigar de oficio y con la debida diligencia todas aquellas muertes de personas que se encuentran bajo su custodia. Estas investigaciones no sólo deben estar orientadas a establecer los responsables materiales de los hechos, sino también a los posibles autores intelectuales y a aquellas autoridades que por acción u omisión pudieran ser responsables. El Estado ha informado a la CIDH que existe una investigación en curso, y la Comisión dará seguimiento a la misma.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.